Concepto
El consentimiento informado es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud, según define la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
¿Qué información general debe proporcionarle el centro?
El usuario debe disponer de información de la práctica a que va a someterse, por lo que deberá proporcionarse un folleto informativo o exponer en el área de espera un cartel en el que se indique, al menos, lo siguiente:
-Las prácticas realizadas en el establecimiento.
-Información general sobre los riesgos sanitarios y complicaciones, cuidados necesarios hasta la cicatrización y condiciones de reversibilidad de las diferentes prácticas.
-La obligatoriedad de suscribir, de manera previa a la prestación del servicio, el consentimiento correspondiente.
-La relación de los servicios que se prestan y los precios correspondientes a cada uno de ellos. La información sobre precios incluirá cualquier tipo de impuesto o gravamen que le afecte.
Además, en un lugar perfectamente visible se anunciará que existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor.
Usted como usuario debe recibir información adicional, específica e individualizada
El personal aplicador, antes de realizar la práctica, deberá informar al usuario, por escrito y de forma comprensible, acerca de sus peculiaridades, de los posibles riegos y de los cuidados posteriores que requiere.
El interesado tiene que firmar dicho documento, denominado consentimiento informado, entendiéndose así que otorga su conformidad voluntaria y consciente para la realización de la técnica solicitada.
¿Quiénes pueden prestar el consentimiento informado de forma autónoma?
Los mayores de edad y los menores de edad emancipados. El aplicador les solicitará el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, verificando la autenticidad de dichos documentos.
¿Cómo presentan consentimiento los menores e incapaces?
Los menores o incapaces pueden solicitar que se les realicen estas prácticas. En estos casos se les proporcionará una información adecuada y comprensible, acorde a su edad y capacidades.
Los menores no emancipados no podrán prestar consentimiento informado, debiendo hacerlo sus representantes legales. Respecto a los incapaces, este consentimiento deberá prestarse por ellos mismos o sus representantes legales según el grado de incapacidad y los límites fijados en la sentencia de incapacitación.
Como en el supuesto anterior, el personal aplicador solicitará los documentos acreditativos de los representantes legales y verificará su autenticidad.
Normativa
- Real Decreto 35/2005, de 10 de marzo, por el que se regula las prácticas de tatuaje, micro pigmentación, perforación cutánea (piercing) u otros similares de adorno corporal.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (legislación consolidada).
- Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid (legislación consolidada).
Datos que deben figurar en el consentimiento informado
El documento de consentimiento informado que el profesional está obligado a entregar al usuario antes de realizar el tatuaje debe incluir la siguiente información:
- Nombre, domicilio y teléfono del establecimiento, así como el número de inscripción en el registro.
- Nombre y apellidos del profesional.
- Nombre, apellidos, DNI y edad del usuario o de su representante legal, en caso de ser menor de edad. La representación se debe acreditar presentando el libro de familia o la sentencia judicial que la acredite.
- Descripción de la práctica a realizar y del material que se va utilizar.
Los posibles riesgos que conlleva para la salud y las complicaciones que pueden surgir (alergias, infección local, problemas de cicatrización, transmisión de enfermedades, etc.). - Los cuidados posteriores de la zona tratada (por ejemplo: no tomar el sol ni bañarse en piscinas o el mar hasta que haya transcurrido un tiempo, usar cremas hidratantes…), indicando cómo actuar en caso de que surjan complicaciones.
- La reversibilidad o no de la práctica y el procedimiento de eliminación, en su caso.
- La indicación de consultar al médico en caso de que se padezca alguna enfermedad o que se produzca alguna complicación posterior.
- La posibilidad de revocar el consentimiento en cualquier momento sin necesidad de justificación alguna.
Fecha, firma y DNI del cliente o de su representante legal, en el caso de ser menor de edad.
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